El INAES proveerá un certificado para las entidades que necesiten un permiso de circulación

Control policial por el coronavirus. Crédito: Rosario3.
Control policial por el coronavirus. Crédito: Rosario3.
La solicitud es a través de un correo electrónico que dispuso el organismo nacional. Dicha medida busca que cooperativistas y mutualistas puedan prestan servicios esenciales frente a la cuarentena decretada por la pandemia del coronavirus.
El 20 de marzo el gobierno nacional publicó el Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU) 297-2020 que establece que todas las personas que habitan el país o se encuentra en él de forma temporaria deberán acatar el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” con el objetivo de evitar la rápida propagación del COVID-19 (coronavirus).
 
Además, el Artículo 6 asegura que quedan exceptuadas de esta medida las personas que realizan actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, y  sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de las mismas.
Las cooperativas y mutuales prestadoras de las siguientes actividades y servicios esenciales podrán solicitar el permiso de circulación ante el Instituto Nacional de sociativismo y Economía Social (INAES):
 
1-Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

2-Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

3-Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

4-Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

5-Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

6-Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales

7-Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

8-Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

9-Transporte público de pasajeros,

10-Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

11-Servicios de lavandería.

12-Otras actividades que el gobierno nacional pueda determinar.

A su vez, desde el INAES señalaron que dicho certificado “no exime del cumplimiento, cuando corresponda, de la obligación establecida en el Artículo 6 de la Resolución 2020-219-APN-MT del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación que 'los empleadores deberán proveer al personal que deba continuar prestando tareas de una certificación para ser exhibida en caso de requerimiento por parte de controles policiales, en la que conste nombre, número de teléfono y demás datos que permitan una adecuada identificación de la empresa; nombre, número de documento y domicilio demás datos que permitan una adecuada identificación de la empresa; nombre, número de documento y domicilio del trabajador, su calificación como personal esencial y lugar de trabajo”.

Para solicitar el permiso escribir a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. solicitando el certificado y detallando nombre de la entidad, número de matrícula, objeto social, cuit y provincia.