Fue por sus responsabilidades en el apagón masivo en el Día del Padre de 2019. La entidad solidaria de Neuquén contaba con un sistema preventivo en óptimas condiciones, por tal motivo recibió una compensación económica.
El 16 de junio de 2019 será recordado como el Día del Padre en el que el país lo pasó a oscuras debido al apagón masivo (blackout) que afectó al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), y el cual duró varias horas.
A dos años de ese hecho, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) sancionó con multas económicas a la firma transportadora de electricidad Transener, a las distribuidoras del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) Edesur y Edenor, y a las de las provincias de Salta, Edesa; de Córdoba, EPEC; y de Santiago del Estero, Edese. En contraposición, la Cooperativa de Agua, Luz y Fuerza de Neuquén (CALF, por su antigua sigla) fue premiada con 645 mil pesos por su rapidez en su accionar y por contar con todo sus sistema preventivo en óptimas condiciones operativas.
“Todos sus sistemas actuaron en tiempo y forma, tal como establece el protocolo aplicable ante una emergencia”, fue el argumento utilizado para otorgar la compensación a la cooperativa de Neuquén.
El organismo regulador aseguró que “estos cortes de demanda son obligatorios para los agentes de sistema. Sin embargo, las distribuidoras y grandes usuarios no bajaron la demanda, y esta situación provocó la desconexión anticipada, o bien la desconexión prematura de generadoras”.
En cuanto a las multas aplicadas, el ENRE sancionó a Transener con $31,87 millones; a Edenor con $25.735.049; a Edesur por $13.079.307; a EPEC por $11.334.303; a Edesa por $2.613.899 y a Edese por $ .603.486, lo cual totaliza sanciones por $55.366.044.
Finalmente, el organismo nacional señaló que “las conclusiones arribadas por este Ente determinaron el incumplimiento de las obligaciones asumidas para la realización de corte por subfrecuencia conforme lo establecido en Anexo 35 de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios por parte de las Distribuidoras, provocó el colapso del sistema”.
Premian a la CALF por su accionar durante el apagón masivo de 2019. Crédito: Infobae. Fue por sus responsabilidades en el apagón masivo en el Día del Padre de 2019. La entidad solidaria de Neuquén contaba con un sistema preventivo en óptimas condiciones, por tal motivo recibió una compensación económica. El 16 de junio de 2019 será recordado como el Día del Padre en el que el país lo pasó a oscuras debido al apagón masivo (blackout) que afectó al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), y el cual duró varias horas. A dos años de ese hecho, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) sancionó con multas económicas a la firma transportadora de electricidad Transener, a las distribuidoras del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) Edesur y Edenor, y a las de las provincias de Salta, Edesa; de Córdoba, EPEC; y de Santiago del Estero, Edese. En contraposición, la Cooperativa de Agua, Luz y Fuerza de Neuquén (CALF, por su antigua sigla) fue premiada con 645 mil pesos por su rapidez en su accionar y por contar con todo sus sistema preventivo en óptimas condiciones operativas. “Todos sus sistemas actuaron en tiempo y forma, tal como establece el protocolo aplicable ante una emergencia”, fue el argumento utilizado para otorgar la compensación a la cooperativa de Neuquén. El organismo regulador aseguró que “estos cortes de demanda son obligatorios para los agentes de sistema. Sin embargo, las distribuidoras y grandes usuarios no bajaron la demanda, y esta situación provocó la desconexión anticipada, o bien la desconexión prematura de generadoras”. En cuanto a las multas aplicadas, el ENRE sancionó a Transener con $31,87 millones; a Edenor con $25.735.049; a Edesur por $13.079.307; a EPEC por $11.334.303; a Edesa por $2.613.899 y a Edese por $ .603.486, lo cual totaliza sanciones por $55.366.044. Finalmente, el organismo nacional señaló que “las conclusiones arribadas por este Ente determinaron el incumplimiento de las obligaciones asumidas para la realización de corte por subfrecuencia conforme lo establecido en Anexo 35 de Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios por parte de las Distribuidoras, provocó el colapso del sistema”.
