Cooperativas y mutuales beneficiadas por las medidas del Poder Ejecutivo

Decretos presidenciales para amortiguar la caída de la economía producto de la pandemia del coronavirus. Crédito: Dario San Rafael.
Decretos presidenciales para amortiguar la caída de la economía producto de la pandemia del coronavirus. Crédito: Dario San Rafael.
El gobierno nacional busca aliviar los distintos sectores de la sociedad por la recesión económica que está generando la pandemia del coronavirus, entre los cuales las entidades de la economía social y solidaria están incluidas.

La pandemia del coronavirus (COVID-19) ha generado un cambio radical en la vida de las personas y el funcionamiento del país. En este sentido, el gobierno nacional no sólo se tiene que ocupar de evitar la propagación del virus para cuidar la salud de los argentinos, sino que además debe tomar medidas que amortigüen la caída económica por la recesión que esta situación ha ocasionado.

 

Desde el Poder Ejecutivo publicaron varios decretos para aliviar diferentes sectores de la sociedad, entre los cuales están consideradas las entidades de la economía social y solidaria. El Instituto Nacional del Asociativismo y Economía Social (INAES) publicó dichas disposiciones a través de su sitio web:
Alquileres

Se estableció mediante el Decreto 320 el congelamiento de los alquileres, al valor vigente durante el mes de marzo de este año, y la suspensión de los desalojos hasta el 30 de septiembre de este año. Alcanza a los contratos de locación de inmuebles destinados a vivienda única urbana y rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos; inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias; inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por monotributistas destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión; inmuebles alquilados por micro, pequeñas y medianas empresas; e inmuebles alquilados por cooperativas de trabajo y fábricas recuperadas.

Moratoria

El Gobierno prorrogó por dos meses el plazo para que pymes, monotributistas, autónomos y entidades civiles sin fines de lucro como cooperativas y mutuales, consorcios de propietarios, obras sociales, universidades públicas y clubes de barrio adhieran a la moratoria impositiva, aduanera y de seguridad social. Mediante el Decreto 316 se extiende hasta el 30 de junio el plazo máximo de adhesión (previsto originalmente hasta el 30 de abril) para asegurar que “la posibilidad de ingresar al plan de regularización de deudas no se vea afectada”. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dictará la normativa necesaria para instrumentar las modificaciones en los próximos días.

Servicios públicos y privados

A través del Decreto 311, el Gobierno determinó que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes, agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable no podrán disponer por 6 meses la suspensión o el corte de sus servicios en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas con vencimientos desde el 1° de marzo (incluyendo a los usuarios con aviso de corte en curso).

Esta medida apunta principalmente a personas de los sectores más vulnerables, entre otros, los que reciben la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Embarazo; inscriptos en el Monotributo Social; jubilados, pensionados y trabajadores que perciban menos de dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($33.750). También incluye a las micro, pequeñas y medianas Empresas (Mipymes) y cooperativas de trabajo.