Vuelven a la actividad las cooperativas de créditos

Las entidades cooperativas financieras vuelven a la actividad. Créditos: Credicoop
Las entidades cooperativas financieras vuelven a la actividad. Créditos: Credicoop
El INAES informó que a partir de este viernes las entidades cooperativas del sector de créditos comenzarán a trabajar como servicios esenciales dentro de la emergencia sanitaria.

 

El país continúa con emergencia sanitaria, bajo la cuarentena obligatoria impuesta por el Gobierno Nacional de Alberto Fernández que tiene como principal objetivo evitar a la menor posible la cantidad de contagios y propagación del coronavirus dentro de la población.

A partir de esta medida que se inició el 20 de marzo y hasta el momento se extenderá hasta después de Semana Santa, varias actividades se encuentran bajo restricción de poder realizarse, ya que solamente pueden trabajar aquellas que son consideradas como esenciales dentro de la emergencia sanitaria.

Durante la jornada del viernes 3 de abril, los bancos abrieron sus puertas en todo el país y volvió la actividad financiera, incluido para las entidades cooperativas que se desempeñan dentro del sector créditos.

A través de un comunicado, el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dio a conocer la noticia, al igual de que se encuentra disponible el certificado para tramitar el permiso de circulación para los trabajadores de la economía solidaria dentro de este rubro.

“La Decisión Administrativa 450/2020 publicada el 3 de abril en el Boletín Oficial, firmada por Santiago Andrés Cafiero y Ginés Mario González García, amplia el listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia”.

“Desde el día de la fecha, mutuales y cooperativas de crédito, deberán funcionar con guardias mínimas de atención para poder garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos”.

“La normativa aclara que los desplazamientos de las personas alcanzadas en el listado deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales. Empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el MINISTERIO DE SALUD para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores”.

"Las personas alcanzadas por esta Decisión Administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19 a través de la plataforma de Trámites a Distancia ".

Fuente: INAES