Córdoba: La Cooperativa de Tío Pujio le envió una carta a Massa

Sergio Massa, ministro de Economía de la Nación. Crédito: Infobae.
Sergio Massa, ministro de Economía de la Nación. Crédito: Infobae.
La entidad solidaria pide que se exima de tributar el Impuesto al Cheque a todas las cooperativas de servicios públicos.

El 23 de enero, la Cooperativa de Servicios Públicos, Vivienda y Crédito Tío Pujio, provincia de Córdoba, envió una carta al ministro de Economía de la Nación, Sergio Massa, en reclamo sobre el Impuesto sobre los Créditos y Débitos bancarios (Impuesto al Cheque).

La misiva le recuerda a Massa que través de este tributo, el Estado recauda el 0.6% de cada cheque que se deposita y otro 0.6% del que se cobra. La propia ley excluye, entre otros, al Estado Nacional, Provincial, Municipal y a las reparticiones que funcionan en cada una de sus respectivas jurisdicciones.

Además, desde la entidad solidaria remarcan que “este tributo es sumamente distorsivo, y es resistido por todos los sectores de la actividad económica ya que fomenta la evasión y la elusión, al promover los pagos en efectivos que, en muchas oportunidades, no quedan registrados”.
 
Por tal motivo, desde la Cooperativa de Tío Pujio le solicita al ministro de eximir tributar este impuesto a todas las entidades solidarias de servicios públicos del país, ya que son instituciones de la economía social que cumplimos día a día, un rol protagónico, contribuyendo de manera fundamental en el desarrollo urbano y fundamentalmente rural de todo el interior del interior del país y posibilitando a que la gran mayoría de los pueblos cuenten con servicios públicos de calidad y a precios justos, que ninguna empresa privada o estatal estuvo dispuesta a brindar, justamente por tratarse de pequeñas poblaciones.
 
A su vez, la carta dice que “también consideramos que resultaría de suma importancia que aunque sea se nos permita computar la totalidad del tributo que nos perciben las entidades bancarias contra el Impuesto al Valor Agregado, toda vez que actualmente y de acuerdo a la legislación vigente sólo se nos permite tomar como pago a cuenta de la Contribución Especial sobre el capital de las cooperativas que recauda la A.F.I.P., el 33% del Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios para las cuentas bancarias alcanzadas a la tasa del 6‰ y 12%”.
 
Por último, la misiva señala que “las sociedades y empresas unipersonales que tributan el Impuesto a las Ganancias y que están categorizadas como micro o pequeñas empresas, se les permite computar el 100% del Impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, lo que significa un perjuicio para las cooperativas, ya que solo pueden computar el 33% contra el tributo arriba mencionado”.