Suspenden el DNU que declaró servicio esencial a las telecomunicaciones.
Además, frenó el tope que se había impuesto en el aumento de las tarifas y notificó al Enacom de “abstenerse de emitir y llevar a cabo” alguna decisión hasta que se dicte sentencia definitiva.
“La medida cautelar, iniciada por un representante de nuestra industria de la provincia de Córdoba, determina la suspensión del DNU 690, del DNU 311 y de todo acto dictado como consecuencia de dichas normas. Asimismo, ordena al Poder Ejecutivo nacional y al ENACOM abstenerse de emitir y llevar a cabo acto alguno con fundamento en dichos decretos, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”, señaló la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC) a través de un comunicado.
Entre sus argumentos, el texto alega que “resulta absolutamente irrazonable e insuficiente en tanto la inflación oficial del año pasado fue del 36% según el INDEC y nuestros precios están congelados desde hace más de un año”.
Ante todo esto, el fallo resolvió que estos decretos que “congelan” tarifas impiden a las empresas recuperar las inversiones realizadas y continuar prestando servicios tal como lo hacen actualmente.