
Las cooperativas dejarán de pagar el 35% de anticipo de Ganancias por operaciones en dólares.
La medida fue expresada a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.
Por intermedio del Boletín Oficial se publicó la resolución general 5123/2021 que inhibe el cobro del 35% a cuenta de Ganancias y Bienes Personales a las entidades sin fines de lucro, como cooperativas, mutuales asociaciones civiles y organizaciones no gubernamentales.
Se trata de un impuesto con posterior devolución que se abona por comprar dólares o hacer compras en moneda extranjera, por lo que las personas y entidades que integran esos regímenes perciben el reintegro a la hora de pagar el tributo.
Para obtener este beneficio el requisito necesario es contar con el certificado de reconocimiento de la exención en el impuesto a las Ganancias vigente, de acuerdo con lo previsto en la Resolución General 2681.
Dejarán de pagar el anticipo del 35%:
Asociaciones deportivas y de cultura física
Entidades religiosas
Instituciones internacionales sin fines de lucro con personería jurídica y con sede central en la Argentina
Asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual, entre otras.