Ley de Góndolas: La Central de Compras de la FACC ya tiene presencia en nueve provincias

La Central de Compras de la FACConsumo ya se encuentra en nueve provincias.
La Central de Compras de la FACConsumo ya se encuentra en nueve provincias.
A un año de la sanción de la norma que fomenta la Competencia en la Cadena de Valor Alimenticia, la herramienta de la Federación de Cooperativas de Consumo ya se encuentra en más de 200 supermercados de 124 localidades.
 
Luego de que se sancionará hace un año atrás la Ley de Fomento de la Competencia en la Cadena de Valor Alimenticia, la economía social se encuentra ante el desafío de dar cuerpo al 25 por ciento de oferta cooperativa, mutual o pyme que debe haber en cada categoría de productos que el consumidor encuentre en supermercados de más de 800 metros cuadrados.
 
En ese camino, la Central de Compras de la Federación Argentina de Cooperativas de Consumo (CC-FACC) se ofrece como una herramienta clave que permite a cooperativas de producción o de trabajo tener presencia en las góndolas de cooperativas de consumo o mutuales con sección consumo, en 124 localidades de nueve provincias. 
 

De acuerdo con la nueva norma, conocida como Ley de Góndolas, los productos de un proveedor o grupo económico no pueden ocupar más del 30% de la góndola; en la góndola de cada categoría debe haber productos de 5 proveedores diferentes, como mínimo; el 25% deben ser de pymes, cooperativas o mutuales; y el 5% deben ser de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena o de la economía popular. 

Además, en las islas de exhibición y en los exhibidores que están pegados a las cajas donde se cobra, el 50% del espacio debe estar ocupado por productos de micro y pequeñas empresas nacionales, de cooperativas y de mutuales.

La ley fue reglamentada mediante el decreto 991 de diciembre de 2020 y, según la resolución 110 de este año de la Secretaría de Comercio Interior, están alcanzados aquellos supermercados con una superficie destinada a la exhibición de las categorías expresamente detalladas, superior a los 800 m2, no debiéndose contar a tal efecto las áreas destinadas a artículos del hogar, bazar, tienda, regalería y las áreas de servicio del supermercado. 

Fuente: La Gaceta de Cooperar.