
Coninagro apoyó la medida del Banco Central.
La entidad monetaria subió a U$S 1 millón el acceso directo al Mercado Único y Libre de Cambios para la realización de pagos anticipados de importaciones. “Es un gesto para iniciar y buscar beneficios para el sector productivo agroindustrial”, señalaron desde la Confederación Agropecuaria.
El pasado 11 de junio, el Banco Central de la República Argentina elevó de U$S 250.000 a U$S 1 millón el acceso directo al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para la realización de pagos anticipados de importaciones. “Atendiendo las condiciones comerciales habituales que transmitieron directivos de empresas y cámaras sectoriales”, explicaron desde la entidad monetaria.
La medida fue tomada de forma positiva por la Confederación Intercooperativa Agropecuaria (Coninagro). “Vemos que con trabajo y disposición al diálogo se pueden construir y procurar medidas que mejoren la situación de los productores y cooperativas. Es posible encontrar puntos de consenso. Esta medida de simplificar el acceso al Mercado Único Libre de Cambios es un gesto para iniciar y buscar beneficios para el sector productivo agroindustrial”.
En resumen la medida del Banco Central dispone:
1-Elevar de US$250.000 a US$1 millón el acceso directo al Mercado Libre y Único de Cambio (MULC) para la realización de pagos anticipado de importaciones, una decisión que apunta a facilitar las importaciones realizadas por las pymes.
2-Considerar un saldo de disponibilidad de US$100.000 como excluido del concepto de Formación de Activos Externos (FAE) líquidos que tenga declarado una empresa.
3-No considerar parte de una FAE aquellos saldos “originados en cobros de exportaciones de bienes y/o servicios”, al menos mientras “no haya transcurrido el plazo de 5 días hábiles desde su percepción”.
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4-Que los importadores de fertilizantes e insumos medicinales (medicamentos terminados e insumos para su elaboración) podrán acceder al mercado sin requerir autorización previa para el pago de obligaciones correspondientes a las importaciones futuras.
5-Acortar de 90 a 60 el plazo de días corridos anteriores que una empresa debe cumplir sin operar contado con liquidación (CCL) o dólar bolsa o MEP, para poder volver tener derecho a operar por la plaza oficial, al determinar que se considerará que dicho plazo rige a partir del 1 de mayo de 2020.