INAES compartió información sobre la actualización del Salario Mínimo

Información del INAES para grupos precooperativos.
Información del INAES para grupos precooperativos.
A través de un informe, el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) informó a los grupos precooperativos sobre la actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil, con nuevos montos a partir del 1 de abril.
 

Desde el próximo 1 de abril se actualizará en todo el país el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM). A partir de esta novedad, el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), compartió información útil para los grupos precooperativos.

“A partir del 1 de abril se actualiza el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) y deberá tenerse en cuenta para los grupos precooperativos que estén en proceso de constituir sus entidades”, señalaron desde el INAES.

“Recordamos que el SMVyM es el valor de referencia que determina el monto inicial que las personas asociadas aportan a la entidad para desarrollar sus actividades”, completaron en la gacetilla de prensa desde el instituto.

“Toda cooperativa, al momento de su constitución debe conformar un capital social como parte de los requerimientos para su fundación, este capital es el monto inicial que las personas asociadas aportan a la entidad para desarrollar sus actividades. Históricamente, se ha usado el valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (S.M.V.M.) como referencia para el aporte que integra cada asociado”.

“Según la última actualización, el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil asciende a: $80.342. Es importante que tengas en cuenta este nuevo valor a la hora de constituir los aportes de capital social de tu entidad”.

“Del monto total correspondiente al S.M.V.M., en el acto de constitución se aporta efectivamente un porcentaje: Según lo establece la Ley de Cooperativas N° 20.337, el mínimo a aportar es el 5% del capital suscrito (es decir, del total que toda persona asociada se compromete a aportar), con el restante 95% siendo aportado en un plazo máximo de 5 años”.

Fuente: INAES